Descripción del servicio
La Oficina de Acceso a la Información (OAI), es un mandato de la Ley General de Libre Acceso a la Información Pública Ley 200-04 y el Decreto No. 130-05 que crea el reglamento de dicha ley, con el objetivo de apoyar a entidades y personas tanto públicas como privadas mediante las informaciones solicitadas.
Visión
Ser reconocida en el ámbito público como una institución integra que promueve la transparencia y la participación del ciudadano.
Misión
Atender al derecho que tienen las personas de recibir información completa veraz, adecuada y oportuna garantizando la calidad en el servicio y la confiabilidad de las mismas.
Valores
Responsabilidades, transparencia, vocación de servicio, honestidad y eficiencia.
Definición RAI
El Encargado de Acceso a la Información, es el responsable de recolectar, sistematizar y difundir las informaciones requeridas, y ser el canal de comunicación entre la institución, ciudadanos y ciudadanas.
Responsabilidad del RAI
- Recibir y tramitar las solicitudes de libre acceso a la información.
- Ayudar al ciudadano en el llenado del formulario.
- Entrega de acuse de recibo al solicitante.
- Informar y orientar a los solicitantes al respeto de otras instituciones u organismos que pudieran tener la respuesta a la información solicitada.
- Realizar los trámites necesarios, dentro de la institución para entregar información con eficiencia, veraz y oportuna.
- Efectuar las notificaciones a los solicitantes.
- Llevar un archivo de las solicitudes de acceso a la información, sus antecedentes y tramitación, resultados y costos.
- Elaborar estadísticas y balances de gestión de su área en materia de acceso a la información.
- Poner a disposición de la ciudadanía tanto como en el portal de la institución, como en el mural del ayuntamiento.
A quién va dirigido
Sra. Scarla Yordany Ramirez Martinez
Responsable de Libre Acceso a la Informacion
Tel.: (809) 680-1828
Correo: [email protected]
Requerimientos o requisitos
Recomendaciones antes de continuar:
Razonar si su requerimiento es una solicitud de información, ya que tal vez pueda ser una: “Queja”, “Reclamación” o “Denuncia”. Si es así, existen otras vías para canalizarlas.
Verifique si la información que solicita está disponible en el portal de transparencia de la institución a la que le hace la solicitud, muchas instituciones ya tienen información básica y financiera publicada en su portal web.
Confirme que la información que solicita está el ámbito de la Ley 200-04.
Gracias.
Procedimientos a seguir
Puede registrarse para un mejor control, seguimiento y así consolidar todas sus solicitudes futuras:
Horario de prestación
de 7:30 am a 2:30 pm
Costo
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Tiempo de realización
Especificar el tiempo de realización
Canal de Prestación
Especificar el canal de prestación del servicio (presencial, web, etc.)
Información adicional
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